Abogados de desahucios en Manresa
En el contexto…
Guía de contenidos
ToggleDemandar a una comunidad de propietarios es una decisión de peso, especialmente si las medidas que se han tomado en las reuniones de la comunidad nos afectan negativamente. La legislación actual nos ampara para poder impugnar estas decisiones y luchar por nuestros derechos. Concretamente en La Ley de Propiedad Horizontal 8/1999.
Con lo cual, cualquier persona que sienta que alguna medida tomada le perjudica de manera significativa está en su derecho de poder denunciar a la comunidad de vecinos ante una instancia superior que asegure los derechos fundamentales de todos los propietarios sin afectar a nadie. De esta manera, es posible garantizar una convivencia armoniosa entre todos los vecinos.
Así pues, si no estás conforme con alguna decisión tomada por la mayor parte de los propietarios con respecto a algún tema de interés común porque te afecta de un modo u otro, siempre tienes la opción de denunciar a la comunidad de vecinos, impugnando las decisiones tomadas en la reunión. Será entonces el juez el que estudie la situación y determine si los acuerdos tomados son válidos.
Se puede denunciar a la comunidad de propietarios si alguno de los propietarios considera que su voz no está siendo escuchada o que la decisión tomada le afecta negativamente. Pero hay que tener en cuenta que no podemos denunciar cualquier medida tomada en junta únicamente porque no nos venga bien. De lo contrario, te arriesgas a que la sentencia no sea favorable para ti y que además tengas que sufragar las costas del juicio. Entonces, ¿en qué casos se puede demandar a la comunidad de vecinos?
Eso sí, para poder interponer la demanda, es de vital importancia que hayas realizado una solicitud formal ante la comunidad de propietarios donde se refleje en acta el desacuerdo con la medida tomada. Esto quiere decir que tienes que dejar constancia por escrito de haber salvado tu voto y de tu intención de poner la demanda. Además, tienes que tener en cuenta que el plazo para denunciar a la comunidad de vecinos es de 30 días naturales desde que se tomó el acuerdo.
Si ya estás decidido a demandar a la comunidad de propietarios por algún acuerdo tomado, es aconsejable que sigas los siguientes pasos para mejorar la convivencia entre todos:
En nuestro bufete contamos con un equipo de expertos en leyes con una amplia formación en la legalidad y la gestión de comunidades de vecinos que os ayudarán a facilitar el gobierno de la comunidad para proteger el edificio mediante decisiones adecuadas para el apropiado sostenimiento y la…
En nuestra empresa contamos con un equipo de expertos en leyes con una amplia formación en la legalidad y la gestión de comunidades de vecinos que os ayudarán a facilitar el gobierno de la comunidad para proteger la finca a través de las medidas adecuadas para el correcto…
Esta semana ya nos han solicitado 45 presupuestos de casos legales
Y ya hemos resuelto 35 casos por la vía extra judicial y judicial